Si la brevedad es el alma del talento, tal apuntaba Shakespeare,
Antonio Tabucchi lo demostró sobradamente cuando escribió Sostiene
Pereira, una joya de extensión tan corta que deja al lector con hambre
voraz de otra ración de una prosa rica en matices, con atisbos
insospechados del alma humana y no poco desconcierto. Narra la
conversión de un apagado periodista lisboeta, católico convencido, a la
causa de la libertad durante la dictadura de Salazar, y de cómo burló
la censura para apostrofar al régimen. Mi pasaje favorito es cuando a
Pereira le viene a la cabeza la frase de un tío, escritor fracasado: “La
filosofía parece ocuparse solo de la verdad, pero quizás no diga más
que fantasías, y la literatura parece ocuparse de fantasías, pero quizás
diga la verdad”.
La verdad, como los hechos, es tozuda; aparece y desaparece tanto en
la filosofía como en la literatura, pero en estas latitudes caribeñas a
menudo tiene pintas de fantasía. Ya sea por lo irreverente, o por lo
sorprendente. La certeza que a los abogados nos dan los códigos, las
leyes y las normas palidece ante lo que nos reserva el día a día, y en
la manera como colegas nuestros, que a la erudición agregan las canas
de la experiencia, intentan vestir a la ficción con traje de realidad.
En su brevedad, la Resolución No 017/20, mediante la cual el
Instituto Dominicano de Aviación Civil suspende la construcción y
fiscalización del Aeropuerto Internacional de Bávaro, nos ha traído más
de una sorpresa. No tanto por el apretado catálogo de irregularidades
que evidencian acciones non-sanctas en la aprobación apresurada, en
plena pandemia y posteriormente durante la transición, de un proyecto de
envergadura tal que deja en veremos si la ley de la gravedad aplica a
sus patrocinadores, al menos a los que aparecen públicamente. Similar a
un ejercicio de levitación, vale decir, a tener las extremidades
inferiores en otro lugar y no sobre la tierra, es creerse la prometida
inversión de US$200 millones en el AIB, habida cuenta de que el último
boletín del Banco de Reservas con las propiedades incautadas y en venta
al mejor postor, oferta un número impresionante de solares y
apartamentos en Cap Cana. Tabucchi escribió esa obra maestra en dos
meses. Y en más o menos en igual período, el gobierno pasado cometió el
dislate de aprobar la aventura del AIB. Boquiabierto me ha dejado otra
verdad, rayana en la literatura de ficción. Con insistencia y apegados a
la Ley de Acceso a la Información Pública, los abogados de la
Corporación Aeroportuaria del Este habíamos instado al IDAC durante el
danilato a que nos su
ministrara toda la documentación depositada por el Grupo Abrisa para
sustentar los permisos para el AIB, así como los informes técnicos que
avalaban la decisión oficial.
La Resolución No 017/20 nos ha dado la respuesta, inesperada por
demás: no hay tales estudios, no hay tal documentación sino fantasías
técnicas, amagos de verdades que los letrados de enfrente han camuflado
con sofismas jurídicos. Nada de ficción: se dio permiso para construir
un aeropuerto sin los títulos de propiedad de los terrenos donde se
haría; sin que la autoridad competente comprobara la existencia legal o
supiera quiénes son los legítimos accionistas de la sociedad llamada
Aeropuerto Internacional de Bávaro, —que bien podrían ser chinos,
venezolanos chavistas o marcianos—, sin estudios geodésicos… Más
atinado citar al IDAC y así disipar cualquier trasunto de que estamos
en literatura. Faltaban, o sea, nunca existieron, “… la verificación
de que el mismo cumple en su totalidad con la legislación nacional en lo
relativo al impacto ambiental; los documentos corporativos que avalan
la constitución o incorporación de la empresa, y que contiene
información sobre sus socios, gerentes o directores; el cumplimiento de
las normas aplicables a la contratación o concesión de infraestructuras
de esta naturaleza; la notificación o aviso a los propietarios,
poseedores y tenedores a cualquier título, de los predios vecinos a los
que se proyectaconstruir dicho aeropuerto en cumplimiento de los
Artículos 161 y 164 de la Ley No. 491-06; el Certificado de Titulo que
ampara la propiedad del terreno donde se proyecta construir o el
documento justificativo del goce o posesión legitimo del mismo; los
estudios correspondientes para la determinación de los costos y
beneficios que conllevaría para el Estado dominicano realizar las
inversiones requeridas para equipar y prestar servicios en dicho
aeropuerto, así como la viabilidad de las modificaciones en los
procedimientos de navegación aérea citados”. Resultaba imposible al IDAC
responder a nuestro reclamo de transparencia, y recién sabemos el
porqué. Y también que siempre fue fantasía, y no filosofía, la promesa
pública del Grupo Abrisa, por boca de Abraham Hazoury, de abrir un
espacio en internet con toda la documentación sobre el AIB.
CREDITOS A LSITIN DIARIO