La Suprema Corte de Justicia (SCJ) puso fin a una
litis entre el Estado Dominicano y la entidad La Esperilla Land Company,
C. por A, por terrenos que ocupa la Universidad Autónoma de Santo
Domingo (UASD) y que fueron declarados de utilidad pública, al casar sin
envío la sentencia número 0030-02-2023-SSEN-00031 dictada el 27 de
febrero del 2023 por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), y rechazar el fondo de la demanda en justiprecio incoada por la parte recurrida.
Se trata de la primera vez que las Salas Reunidas de la SCJ fallan de
manera directa el fondo de un proceso, acogiéndose a los artículos 38 y
de la nueva Ley 2-23 sobre recurso de casación, que procuran evitar la
dilación, y prohíbe a la alta corte emitir un tercer reenvío dentro del
ciclo procesal del litigio.
El caso data de mayo de 2002 cuando la Esperilla Land Company
interpuso una demanda en nulidad de declaración de utilidad pública o
pago del inmueble ocupado, que fue decidida mediante sentencia número
20100516 emitida el 15 de febrero de 2010 por la Octava Juez Liquidadora
del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Departamento
Central.
Esta ordenó al Estado dominicano pagar la suma de US$21,738,750 o su
equivalente en pesos a favor de Esperilla Land Company, C. por A., por
concepto de indemnización del procedimiento de expropiación en relación
con la parcela núm. 10, D. C. núm. 2, Distrito Nacional.
El Estado y Bienes Nacionales recurrieron en
casación que fue conocido por la Tercera Sala de la SCJ, que la casó y
la envió, estableciendo que que los jueces de fondo habían vulnerado el
derecho de defensa y el debido proceso en perjuicio del Estado y de
Bienes Nacionales.
El caso volvió al TSA, cuya tercera sala, el 13 de abril del 2021
dictó sentencia acogiendo de modo parcialmente la solicitud de
justiprecio de la entidad demandante y condenó al Estado a pagarle la
suma de RD$1,043,460,000.00 determinada por la dirección de Catastro.
Bienes Nacionales interpuso un tercer recurso de
casación, la tercera sala de la SCJ la casó con envío en octubre del
2022, argumentando que el tribunal debe referirse al hecho de que al
momento de intervenir la declaratoria de utilidad pública no existía el
certificado de título que la demandante presentó como prueba de la
propiedad de los terrenos cuyo justo pago se solicita
La Litis fue entonces a la primera sala del TSA, que en enero del
2023 falló acogiendo parcialmente la demanda en justiprecio en favor de
La Esperilla, y ordenando al Estado pagarle los RD$1,043,460,000, por
motivo de la expropiación determinada en la ley núm. 487 de fecha 12 de
enero de 1944, correspondiente a la parcela núm. 10-A del Distrito
Catastral número 2 del Distrito Nacional.
Bienes Nacionales y la Procuraduría General Administrativa volvieron a la Suprema Corte de Justicia
alegando violación de derecho fundamental al debido proceso y tutela
judicial efectiva y errónea aplicación de la ley, falta de motivación,
desnaturalización de los hechos y el derecho, salas reunidas, casaron
sin reenvío, y en cuanto al fondo, rechazar la demanda en justiprecio de
la entidad La Esperilla.
Creditos a Hoy.